La Ley de la Firma Electrónica es una de las piezas importantes en completar la normativa necesaria para que el Comercio Electrónico en El Salvador pueda proporcionar lineamientos claros conforme a las actividades jurídicas dentro de los avances tecnológicos, la formalización de contratos electrónicos, la validez de estos, y poder ofrecer a los consumidores la protección necesaria, impulsando la confianza en que estos mecanismos protegerán ambas partes.

En el presente articulo se discutirá la forma en que la normativa relacionada a la firma electrónica crea un nuevo mundo de posibilidades a los comerciantes y a las empresas que ofrecen o esperan ofrecer sus bienes y servicios por medios electrónicos, por lo cual los aspectos más técnicos como lo pueden ser el almacenamiento de los certificados, mecanismos de certificación y otros aspectos meramente técnicos no serán descritos en el presente articulo.

¿QUÉ ES LA FIRMA ELECTRÓNICA?

La firma electrónica es una herramienta tecnológica que permite garantizar la autoría e integridad de los documentos electrónicos, posibilitando que éstos gocen de una característica que únicamente era propia de los documentos en físico. De acuerdo con la Ley la Firma Electrónica emitida por una autoridad certificadora registrada tiene la equivalencia jurídica de una firma manuscrita.

Una firma electrónica es un conjunto de datos asociados a un certificado digital que permite garantizar la identidad del firmante y la integridad del mensaje. Esto significa que existen procedimientos técnicos que permiten la creación y verificación de firmas electrónicas, y existen documentos normativos que respaldan el valor legal que dichas firmas poseen, utilizando complejos procedimientos matemáticos que relacionan el documento firmado con información propia del firmante, y permiten que terceras partes puedan reconocer la identidad del firmante y asegurarse de que los contenidos no han sido modificados.

¿PARA QUE TRAMITES SE ESPERA USAR LA FIRMA ELECTRÓNICA?

La firma electrónica busca facilitar las diligencias que tengan el potencial de hacerse por medios tecnológicos, permitiendo una rápida comunicación y formalización de documentos electrónicos, lo cual en combinación con la Ley de Comercio Electrónico los documentos tendrían el mismo valor a los documentos tradicionales.

¿SE PUEDO HACER USO DE LA FIRMA ELECTRÓNICA Y DE LA MANUSCRITA?

Si, es posible usar ambas, inclusive documentos que requieren una solemnidad especificada en la Ley es necesario hacer uso de la firma manuscrita, sin que esto discrimine el uso de la firma electrónica en otros asuntos.

¿QUIÉN SERA EL RESPONSABLE DE EMITIR LAS FIRMAS ELECTRÓNICAS Y LOS CERTIFICADOS DIGITALES?

La Ley correspondiente presenta la figura del Proveedor de Servicios de Certificación Electrónica, cuyo actuar, obligaciones y derechos están regulados por esta Ley y la Unidad de Firma Electrónica del Ministerio de Economía.

¿DEBES TENER O COMPRAR UN SOFTWARE ESPECIAL PARA USAR TU FIRMA ELECTRÓNICA?

El proceso por medio del cual se obtenga la firma electrónica deberá incluir el software y la capacitación en el uso de esta, el cual será regulado en el reglamento de la Ley de Firma Electrónica.

BENEFICIOS DE LA FIRMA ELECTRÓNICA

Reducción en los costos: La firma electrónica permite que los clientes puedan firmar documentos de forma remota sin la necesidad de realizar cruces de documentos físicos, traslado a oficinas, reducción en insumos como impresión de los documentos físicos y el almacenamiento electrónico tiene costos más accesibles que almacenamientos físicos.

Reducción en los tiempos: Las aplicaciones de firma electrónica permiten distribuir, visualizar y firmar cualquier documento completamente en línea. Gracias a esto, un trámite de firma que antes requería días o requería cruces de documentación física, ahora puede resolverse en minutos.

Mejora del Servicio: Permitiendo la firma en línea, es posible que la formalización de los contratos se realice inmediatamente, permitiendo acelerar la prestación de los bienes y servicios, dando respuestas más rápidas a las necesidades de los clientes.

Incremento en los servicios ofertados: por medio de la incorporación de la firma y los documentos electrónicos (Ley de Comercio Electrónico) será posible incorporar una nueva modalidad de los servicios proporcionados por las empresas, pudiendo hacer uso de los avances tecnológicos.

Tecnología Verde: El consumo de papel implica tala de árboles, lo cual provoca un aumento de la producción de CO2. Por lo cual el uso de documentación electrónica se esta haciendo uso eficiente de tecnologías existentes que benefician el medio ambiente.

Por medio de la Ley de la Firma Electrónica y otras normativas como la Ley del Comercio Electrónico (entrara en vigor en febrero 2021), El Salvador ha abierto las puertas para la implementación de nuevas tecnologías para el actuar comercial, proporcionando la protección necesaria a los consumidores y las empresas podrán actuar de una manera más segura y rápida para establecer una presencia en el mercado.

Ante la pandemia del COVID-19, muchas empresas y comercios se han visto ante la necesidad de realizar grandes ajustes en su forma de operar y en sus mecanismos utilizados para realizar los negocios, debiendo adoptar de una forma rápida el comercio electrónico o teniendo que adelantar sus planificaciones, por lo cual esperamos poder dar la asistencia necesaria para que estos cambios sean lo mas efectivos posibles, ajustados a los nuevos modelos de costos de su negocio y que le permitan acceder a los nuevos mercados emergentes.

Las empresas y negocios podrán aprovechar al máximo este desarrollo explorando sus opciones de expansión, a medida que aumenta el uso de dispositivos móviles y otras tecnologías, las empresas se beneficiarían enormemente. Si desea conocer más sobre la aplicación de estas normativas dentro de su negocio o los requisitos necesarios para ajustar sus bienes y servicios dentro del ámbito del comercio electrónico puede solicitar cita con uno de nuestros especialistas por medio del correo electrónico info@castellumlegal.com o por medio del teléfono (+503) 7479-1841, para nosotros será un gusto poder atenderle y poder brindar la asistencia y asesoría necesaria para lograr que su negocio continúe progresando.

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